Digitalización del control de los neumáticos


Neumáticos conectados

Webfleet Solutions celebrará un webinar gratuito el próximo 20 de octubre a las 10.30 de la mañana, titulado “Llegan los neumáticos conectados, presión y temperatura en tiempo real”.

Webinar gratuito para aprender sobre neumáticos conectados

Para tratar estos temas, Webfleet Solutions celebrará un webinar gratuito el próximo 20 de octubre a las 10.30 de la mañana, titulado “Llegan los neumáticos conectados, presión y temperatura en tiempo real”.

En este webinar Isaac González, ingeniero de ventas de Webfleet Solutions, Paco Mercader, responsable territorial para Iberia de Webfleet Solutions, y Raquel Ayuso, directora técnica de formación y soluciones digitales de Bridgestone, darán las claves para:

· Recortar costes operativos, mejorar la seguridad en carretera y reducir el impacto en el medio ambiente.

· Digitalizar inspecciones manuales de los neumáticos.

· Maximizar la rentabilidad y la vida útil de los neumáticos.

· Reducir tiempos de inactividad de los vehículos gracias a la detección de posibles incidencias de los neumáticos.

· Localizar incidencias difíciles de detectar manualmente y en tiempo real.

· Seleccionar el neumático más adecuado para cada vehículo en base a la operativa, carga, rutas y paradas.

· Identificar comportamientos al volante que dañan los neumáticos e impulsar mejoras para contrarrestarlos.

“Puedes conducir con las llantas más modernas, o con mayor eficiencia en el consumo, pero si no se mantiene una presión correcta en los neumáticos no podrás sacarles el máximo partido y conseguir la máxima seguridad”, comentan desde Webfleet Solutions. “Si supervisas adecuadamente tus neumáticos y los mantienes a la presión correcta, el desgaste normal e incluso la generación de calor pueden maximizar su vida útil, optimizar el consumo y el manejo y minimizar los riesgos de seguridad”.

Telemática y neumáticos conectados, la tecnología del futuro que ya ha llegado

Una reducción del 20 % de la presión del neumático se traduce en un aumento del 2,5 % del consumo de combustible. Aun así, el 20 % de los neumáticos comerciales están significativamente por debajo de la presión adecuada. Pero, aunque sea un tema prioritario, las comprobaciones de presión manuales llevan tiempo y están sujetas a errores humanos. De hecho, el 90 % de las averías relacionadas con neumáticos se debe a fugas lentas, difícilmente detectables con controles visuales por parte de los conductores.

El sistema de monitorización de la presión de los neumáticos (TPMS) de Webfleet Solutions digitaliza y automatiza todo el proceso. Utiliza sensores que identifican los problemas de presión y temperatura de uno o todos los neumáticos de un vehículo. Con TPMS, esta información se envía a la plataforma telemática WEBFLEET, que alerta en tiempo real al responsable de flota en oficina y al conductor en la cabina. Esto permite tomar medidas antes de que el problema lleve a complicaciones mayores.

Si quieres saber más sobre la tecnología de neumáticos conectados de Webfleet Solutions, regístrate en el webinar gratuito “Llegan los neumáticos conectados, presión y temperatura en tiempo real”.

Divulgación: Club Autoescuela

Culpa exclusiva de la víctima en los accidentes de circulación


Si el comportamiento o la actitud de la victima de un accidente de trafico ha sido el motivo por el que ha tenido lugar el siniestro, puede ser causa para exonerar de responsabilidad al productor del daño causado.

La determinación de la culpabilidad es el elemento clave que condiciona las posibilidades de reclamación de los daños causados.

Por ello, existen 2 causas causas de exoneación de responsabilidad, según prevé la  Ley sobre responsabilidad civil y seguro en la circulación de vehículos a motor:

  • La culpa exclusiva de la victima

Si hace unos días hablábamos de la primera, hoy lo vamos a hacer de la segunda.

La culpa exclusiva de la victima

Si el comportamiento o la actitud de la victima de un accidente de trafico ha sido el motivo por el que ha tenido lugar el siniestro, puede ser causa para exonerar de responsabilidad al productor del daño causado.

¿Qué consecuencia tiene eso? 

Que los daños sufridos por la victima, habrán de imputarse solo a ella, no a la persona causante del daño, lo que se traduce a efectos prácticos, que desaparece el derecho a ser indemnizado por ese hecho.

No obstante, es importante valorar cada caso concreto, ya que las circunstancia son distintas y si bien habrá casos en los que la culpa puede ser exclusiva de la victima, en otros casos puede ser compartida.

Requisitos de la culpa exclusiva de la victima como causa de exoneración

Distinguimos básicamente 2 requisitos para que esa circunstancia sea considerada como causa de exoneración:

Primero.- Culpa única y exclusiva de la victima

Se requiere que el comportamiento que ha provocado el accidente sea única y exclusivamente imputable a la victima, y no a otro agente mas (condiciones meteorológicas, acción de un tercero…)

Ejemplo: peatón que cruza sin mirar por donde no debe y es atropellado por un vehículo que circula correctamente.

Segunda.- Diligencia debida por el causante del daño

Es necesario que ninguna de las circunstancias acontecidas en el siniestro que ha provocado el daño, pueda ser imputable al conductor por no actuar con la diligencia debida.

Retomando el ejemplo anterior, si a la imprudencia por parte del peatón, que cruza sin mirar, se le suma que el conductor del vehículo circulaba a una velocidad superior a la permitida para esa vía, de manera que si hubiese conducido a una velocidad menor hubiese podido esquivar al peatón y por ende, impedir el accidente, no se le exoneraría a este de responsabilidad por el daño causado.

La concurrencia de culpas

¿Y que ocurre en ese caso? ¿Es culpa del conductor? En este contexto, es necesario mencionar lo que se conoce como concurrencia de culpas, que supone que cuando el perjudicado en el siniestro ha contribuido de una forma u otra (es decir, que no es su culpa exclusiva, sino solo su “cooperación”) a causar el daño, el resarcimiento del mismo se realizará en base a las limitaciones que correspondan por dicha contribución.

A efectos resarcitorios, la victima no va a obtener toda la indemnización que le correspondería si no hubiese mediado su culpa o responsabilidad.

Un ejemplo de esta circunstancia es que es el caso de un accidente sufrido por dos vehículos. Uno de ellos es el causante del mismo y provoca lesiones graves en el ocupante del otro vehículo. Sin embargo, se determina que dicho ocupante, en el momento del siniestro no tenia abrochado el cinturón de seguridad, de manera que las lesiones sufridas son aun mayores por esta circunstancia imputable solo a él.

Es en este tipo de circunstancia cuando las compañías aseguradoras intentan evitar gran parte de los importes de las indemnizaciones, ya que achacan a que la responsabilidad es compartida por los agentes que intervienen en el siniestro.

Divulgación: Club Autoescuela

Caso práctico: víctima menor de 14 años causante del accidente de circulación


PLANTEAMIENTO

Un menor de 9 años irrumpe de manera sorpresiva en la calzada para intentar cruzarla por lugar no habilitado al efecto, momento en el cual es atropellado por un vehículo que circulaba de manera adecuada. Como consecuencia del accidente, el menor presenta diversas lesiones temporales y secuelas. ¿El menor de 9 años tiene derecho a ser indemnizado a pesar de ser el causante del accidente?

RESPUESTA

Encontramos respuesta al supuesto planteado en el apartado segundo del artículo 1.2 de la Ley sobre responsabilidad civil y seguro en la circulación de vehículos a motor, toda vez que el mismo indica que «En los supuestos de secuelas y lesiones temporales, la culpa exclusiva o concurrente de víctimas no conductoras de vehículos a motor que sean menores de catorce años o que sufran un menoscabo físico, intelectual, sensorial u orgánico que les prive de capacidad de culpa civil, no suprime ni reduce la indemnización y se excluye la acción de repetición contra los padres, tutores y demás personas físicas que, en su caso, deban responder por ellas legalmente. Tales reglas no procederán si el menor o alguna de las personas mencionadas han contribuido dolosamente a la producción del daño». 

En consecuencia, el menor tiene derecho a ser indemnizado por las lesiones temporales y secuelas producto del accidente de circulación. Será, la compañía aseguradora del conductor del vehículo que atropelló al menor de 9 años quien satisfaga, en su caso, la indemnización de daños y perjuicios.

Divulgación: Club Autoescuela

Proyecto de Ley por la que se modifica el texto refundido de la Leysobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial,


«Artículo 62. Centros de formación y reconocimiento de conductores.

  1. La enseñanza de los conocimientos y técnica necesarios para la conducción, así
    como el posterior perfeccionamiento y renovación de conocimientos se ejercerán por centros de formación, que podrán constituir secciones o sucursales con la misma titularidad y denominación.

    Los centros de formación requerirán autorización previa, que tendrá validez en todo el territorio español en el caso de que se establezcan secciones o sucursales, sin que pueda exigirse más de un establecimiento físico o local, en los términos que reglamentariamente se establezca.

    La enseñanza de la conducción relativa a los conocimientos teóricos necesarios para la obtención del permiso de conducir, podrá efectuarse a distancia.»

Divulgación: Club Autoescuela